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Olavarría habilitó la inscripción al Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal

El trámite se realiza a través de Mi Olava y alcanza a monopatines eléctricos y otros vehículos contemplados en la Ordenanza 4903/22. El plazo para registrarse vence el 31 de diciembre de 2026.


La Municipalidad de Olavarría informó que ya se encuentra disponible el formulario de inscripción al Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (RUMPE), a través de la plataforma Mi Olava. La iniciativa se enmarca en la Ordenanza Nº 4903/22, que establece disposiciones para regular la circulación de estos vehículos en el Partido de Olavarría.

La puesta en marcha del registro es resultado del trabajo conjunto entre la Secretaría de Desarrollo Económico y Productivo, mediante la Coordinación de Ambiente, y la Secretaría de Protección Ciudadana, a través de la Dirección de Guardia Urbana Municipal.

En este esquema, la Coordinación de Ambiente tendrá a su cargo la gestión de las inscripciones, mientras que la Dirección de Guardia Urbana desarrollará las acciones vinculadas con la circulación y la seguridad vial.

La normativa define a los vehículos de movilidad personal (VMP) como aquellos de una o más ruedas, destinados al traslado de personas y autopropulsados mediante motorización eléctrica u otro tipo de motorización. Entre sus objetivos se encuentran ordenar su circulación en la vía pública y promover condiciones de seguridad tanto para sus usuarios como para el resto de quienes transitan.

El RUMPE permitirá registrar los vehículos que circulan en el Partido de Olavarría. Se conformará un registro individual por cada unidad, que incluirá información sobre su titular o usuario y las características del vehículo.

Documentación requerida

Para completar la inscripción, las personas deberán aportar sus datos personales (nombre, apellido, DNI y domicilio), información identificatoria del vehículo (marca, modelo y número de cuadro o chasis y motor) y documentación respaldatoria, como factura, boleto de compra, remito u otro comprobante.

Una vez realizado el trámite, se entregará una constancia de inscripción y una oblea identificatoria con código QR, que permitirá facilitar el reconocimiento del vehículo por parte del personal de tránsito y policial.

Desde el Municipio aclararon que la inscripción no reemplaza los controles de circulación ni exime del cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Plazos y entrada en vigencia

El plazo establecido para inscribirse en el RUMPE y adecuarse a las disposiciones de la Ordenanza Nº 4903/22 se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. Durante ese período, se buscará facilitar la incorporación al registro y brindar tiempo a las personas usuarias para regularizar su situación y conocer los requisitos correspondientes.

A partir del 1 de enero de 2027 comenzará la aplicación plena de la normativa, por lo que será obligatorio cumplir con las disposiciones de la ordenanza para circular en el Partido de Olavarría.

Para realizar el trámite, las personas interesadas deberán ingresar a la plataforma Mi Olava y completar el formulario correspondiente con la información solicitada.

Requisitos para circular

La Ordenanza Nº 4903/22 establece una serie de condiciones para la circulación de los vehículos de movilidad personal. Entre ellas, contempla el uso obligatorio de casco de protección y la contratación de un seguro de responsabilidad civil.

También prohíbe transportar pasajeros, carga o animales y establece que estos vehículos únicamente podrán circular por las vías autorizadas, como calles del entramado urbano, bicisendas y ciclovías, según corresponda.

Asimismo, no está permitido circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, avenidas, rutas, autopistas y semiautopistas. La normativa también prohíbe conducir utilizando dispositivos que puedan distraer la atención o bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes.

En cuanto a la edad, los VMP podrán ser conducidos por personas mayores de 18 años. Para menores de 16 y 17 años, se contempla la posibilidad de conducir únicamente con autorización del padre, madre o tutor, certificada ante escribano público.