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Tras dos años y cinco resoluciones de OCEBA, Coopelectric dejó de cobrar la cuota capital

El 2 de mayo se había emitido una nueva disposición del organismo de control en el que se autorizó el cobro de “servicios sociales” y se ordenó “abstenerse de incorporar” la cuota capital. La leyenda que deberá agregarse a las facturas.


El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia (OCEBA) emitió una nueva resolución en la que ordenó a Coopelectric que deje de cobrar la cuota capital a los usuarios de energía eléctrica. Se dictó a principios de mayo y es la quinta disposición de la dependencia provincial en el mismo sentido.

En paralelo, desde Coopelectric se informó que a partir de este mes se retiraba el concepto de las facturas. La medida se tomó tras los aumentos tarifarios y la quita de subsidios que alcanzan a todos los usuarios.

En el año 2022 la cooperativa había incorporado el cobro de la “cuota capital” o “contribución por acciones”. A partir de ello, el OCEBA emitió numerosas resoluciones en rechazo y con intimaciones a la distribuidora de electricidad local para que deje de cobrarlo.

Esta vez, además de volver a pronunciarse en el mismo sentido, se habilitó el cobro de los “servicios sociales” (sepelio e inhumación) y se ordenó agregar a las facturas de luz la leyenda “La falta de pago de cualquier concepto ajeno al precio de la energía consumida por el usuario y los cargos que correspondan de acuerdo con el párrafo primero del presente artículo, no podrá constituir causal de incumplimiento habilitante para la interrupción o desconexión del suministro a dicho usuario (Artículo 78 de la Ley 11.769)”.

En declaraciones a LU 32, este martes el gerente de Coopelectric Enrique Lospinoso informó que “a partir de mayo, el Consejo de Administración ha decidido sacar la cuota capital, ya con la totalidad del aumento del ajuste tarifario, viene atrasado hace casi 10 años”.

Nueva resolución del OCEBA

El OCEBA volvió a ordenar a Coopelectric que deje de cobrar la contribución por acciones y autorizó el cobro de “servicios sociales”. Con fecha del 2 de mayo se emitió la resolución 118/24, la cual se hizo pública este miércoles en el Boletín Oficial provincial.

El organismo de control planteó las disposiciones acerca del “derecho a una información adecuada y veraz” de los usuarios la cual “se manifiesta en primer lugar en el sector de los servicios públicos, a través de la facturación periódica”. Asimismo, se recordó lo establecido desde 2018 en el marco regulatorio eléctrico de la provincia de Buenos Aires que contempla la posibilidad de incluir conceptos ajenos, pero bajo límites y exigencias bien delimitadas. Entre las exigencias se ubica la autorización “expresa e individual” del usuario, la autorización de OCEBA para el cobro y que se permita el pago por separado.

“La falta de pago de cualquier concepto ajeno al precio de la energía consumida por el usuario y los cargos que correspondan (…), no podrá constituir causal de incumplimiento habilitante para la interrupción o desconexión del suministro a dicho usuario” se subrayó en función de lo establecido en el Marco Regulatorio. Este articulado es el que deberá expresarse en las facturas.

Coopelectric había solicitado al organismo provincial incorporar conceptos ajenos a la factura, los cuales fueron rechazados. La resolución emitida este mes refiere a que la prestadora local “realizó una nueva solicitud de autorización para la incorporación de los conceptos ajenos: ´Servicios Sociales´ (sepelio e inhumación) y ´Capital Accionario´”.

Acerca de la cuota capital o contribución por acciones, se indicó que “la Cooperativa en el presente caso, no acreditó haber dado cumplimiento” a los requisitos previstos ya que el destino de los fondos informado “no es ajeno al servicio público de electricidad”.

Por el contrario, se consideró que “la concesionaria acreditó los recaudos establecidos (…) con relación al concepto ajeno: ´Servicios Sociales´ (sepelio e inhumación)” y que en la presentación realizada mostró “el modelo de factura a emitir que permite el pago por separado de los importes debidos por consumo de energía eléctrica de aquellos correspondientes al concepto ajeno”. De esa forma se argumentó el aval al pedido de la cooperativa de Olavarría.

Más de dos años de rechazos

A fines de 2021, Coopelectric había anunciado que comenzaría a cobrar la “cuota capital” desde 2022 y desde el Frente de Todos (hoy Unión por la Patria) se impulsó una denuncia en el OCEBA. El 29 de diciembre de 2021, el organismo emitió la primera resolución –fue una advertencia– sobre la imposibilidad de incorporar el cobro.

Con el cobro ya iniciado, se publicó la segunda resolución en febrero de 2022 que se reiteró en julio de 2023, en noviembre de 2023 y en enero de 2024. En todos los casos se ordenaba dejar de cobrar “conceptos ajenos” y en la resolución de enero de este año, además, se dictaba devolver a los usuarios los pagos ya realizados. La devolución de fondos no está mencionada en la resolución 118 del 2 mayo de este año.

Por último, cabe recordar que durante el fin de semana pasado, la Lista Verde, opositora a la conducción de Coopelectric, había afirmado que el cobro de la cuota capital encarecía 42% el valor de las facturas de luz.