Licencias de conducir apócrifas: con toma de testimonios y pedidos de informe, avanza la investigación
Son tres las denuncias. Confluyeron en la causa que lleva adelante la UFI 10 a partir de la presentación del Municipio.
La investigación que lleva adelante el Ministerio Público en Olavarría para determinar si hay licencias de conducir apócrifas y, en caso de confirmarlo para establecer su origen, ha mostrado algunos avances con toma de testimonios y pedidos de informe.
Central de Noticias pudo confirmar que se sumaron tres denuncias sobre el mismo tema que confluyeron en una única causa penal.
“Hay una línea investigativa” se dejó saber, aunque no se conocieron más detalles. De hecho, el manejo de los investigadores es de sumo hermetismo acerca de las medidas tomadas y los resultados que se han obtenido en estas dos semanas de trabajo.
Las averiguaciones se llevan adelante en la UFI Nº 10, subrogada por el fiscal Christian Urlézaga, caratuladas “falsificación de documento público”. La investigación comenzó el 30 de mayo a partir de la denuncia presentada por la Municipalidad de Olavarría. A ello se sumaron dos denuncias, que también ingresaron a través de la UFI Nº 4: una presentada a partir de un mail anónimo a la Policía Federal y otra por Martín Carignano, titular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que ingresó a través de la Justicia Federal y luego fue derivada a la justicia ordinaria.
Entre los primeros pasos, el personal de la UFI Nº10 buscó conocer cómo es el proceso de emisión de las licencias de conducir. “Es complicado” definió una fuente que contactó este medio. Involucra al Estado Nacional, al Provincial y al Municipio en distintas funciones y responsabilidades.
Es que en ese punto, el objetivo central de esta etapa de las averiguaciones es determinar si hay licencias adulteradas o falsificadas. Para ello se harán diferentes pericias de comparaciones y constataciones.
Los elementos probatorios aportados por los denunciantes muestran que las licencias que terminaron secuestradas tienen “un viso de originalidad”. El documento es original en todos sus componentes materiales y los datos del conductor también se corresponden con la persona que porta la licencia en cuestión.
Cada licencia posee información extra a la que se accede a través del scanneo. Esa es la clave: en esa instancia es donde aparece la irregularidad ya que lo que se muestra es que el trámite de la licencia no fue realizado correctamente. Hay números de trámites que muestran datos personales diferentes a los de los portadores de las licencias secuestradas.
Por ello es que para los investigadores, es apresurado en este momento definir que las licencias son apócrifas y apuntan a la adulteración de los trámites. En ese marco, el corazón de la investigación penal será determinar quién o quiénes expidieron esas licencias y cómo llegaron a manos de los portadores.
Se elevaron distintos pedidos de informes, tanto a organismos nacionales como provinciales para establecer el recorrido de los materiales y también el recorrido de los trámites. Una de las solicitudes de información más importantes busca conocer si los números de referencia de las tarjetas secuestradas corresponde a plásticos destinados originalmente a Olavarría.
Asimismo, la Fiscalía Nº 10 tomó diversas declaraciones testimoniales. Entre ellos, a personal de los organismos municipales y provinciales que se desempeñan en la emisión de las licencias. Con ello se buscó conocer no sólo como es el proceso de emisión, sino también deslindar responsabilidades entre las diferentes instancias de gobierno y el personal que se desempeña en cada función.
La acusación y derivaciones posibles
Los delitos investigados se encuentran en el Título XII del Código Penal llamado “delitos contra la fe pública” y en el Capítulo III de “falsificación de documentos en general”.
El artículo 292 contempla una pena de uno a seis años para quien “hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio”, por tratarse de un “instrumento público”. También se contempla una pena mayor al tratarse de licencia de conducir: “si el documento falsificado o adulterado fuere de los destinados a acreditar la identidad de las personas o la titularidad del dominio o habilitación para circular de vehículos automotores, la pena será de tres a ocho años”.
En tanto, el artículo 296 establece la pena para quien use “un documento o certificado falso o adulterado”: “será reprimido como si fuere autor de la falsedad” establece el Código.