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“Boludo, me pegaste”: Qué dice la sentencia del juicio por Enzo Marconi

Central de Noticias accedió a los fundamentos del fallo emitido este martes por el Juzgado Correccional local.


En la mañana de este martes se conoció el fallo que condenó a un joven por la muerte de Enzo Marconi, el adolescente baleado a inicios del año pasado en el barrio Jardín. La jueza en lo Correccional de nuestra ciudad, la doctora Cecilia Desiata, le impuso una pena de 4 años de prisión, pero qué dice el fallo y cuáles son los fundamentos. Las respuestas a continuación.

 

Según fue acordado por las partes y ratificado en los elementos de prueba exhibidos, todo sucedió pasada la medianoche del 9 de febrero del 2020 en el interior de un departamento ubicado en el mono block 19 del barrio Jardín. Enzo Marconi, de 15 años, se encontraba junto a un grupo de amigos de entre 15 y 18 años, cuando uno de ellos esgrimió un revólver calibre .32 y comenzó a “exhibirlo ostentosamente”, según puede leerse en el escrito al que tuvo acceso este portal.

 

 

“Comenzó a manipular el mismo, con su mano derecha, golpeándolo contra la palma de su mano izquierda y con dicha violación del deber objetivo de cuidado, efectuó un disparo que le causó la muerte del niño Enzo Roberto Miguel Marconi”, avanza el fallo antes de dar enumerar las heridas sufridas por el adolescente. “Se dio a la fuga del lugar con el arma de mención, no sin antes pedirle a los sobrevivientes que no develaran su identidad”, concluye ese apartado dando cuenta del accionar del único acusado y ahora condenado, Sebastián Elías Sánchez.

 

A continuación se da cuenta de cada uno de los testimonios escuchados durante el debate, siendo inaugurados por la madre de la víctima, Yesica Salguero. Lo más relevante se desprende de la palabra de los testigos presenciales de la secuencia, quienes ratificaron el origen accidental del fatal episodio. “En lo esencial coincidieron al decir que, no había problemas anteriores entre víctima y victimario”, sintetizó Desiata al respecto.

 

 

Que causar la muerte de Marconi, no fue un resultado previsto por Sánchez, como propio de la manipulación harto imprudente de un arma de fuego. Es más tampoco, lo advirtieron así los otros jóvenes. A punto tal que, cuando Enzo, dijo que le había ´pegado’, creyeron que era una broma”, continuó la magistrada local la mención del conjunto de los testigos.

 

“También dijeron que, apenas caída la víctima, el imputado se le acercó, se arrodilló al lado del mismo, los instó a que solicitaran ayuda y una ambulancia y se retiró del lugar, llevándose el arma consigo y pidiendo también que, no dieran su identidad a las autoridades”, completó.

 

 

Todos los testigos coincidieron en que Sánchez, mientras manipulaba el arma con la mano derecha, la golpeó con la palma de la izquierda, ocasionando el disparo que hirió a Marconi. “Boludo, me pegaste”, coincidieron también en recordar las palabras de Enzo antes de caer al piso, algo que inclusive pensaron que se trataba de una broma por parte del adolescente.  

 

Por último, al momento de merituar el monto de la pena, consideró como atenuante la ausencia de antecedentes y condenas penales. En contrapartida, como agravantes, se valoraron “la naturaleza del hecho, es decir la culpa casi temeraria de la que devino el resultado mortal; lo ostentoso de la portación del arma de fuego, presumiendo de la portación ilegal de la misma”; “la cantidad de personas que había en el lugar que manipuló imprudentemente el arma y la escasa distancia entre él -en esa actitud- y los restantes jóvenes”; “y fundamentalmente la conducta posterior al hecho, cuando se retiró del lugar, dejando a la víctima moribunda y, pidiéndoles a los testigos que ocultaran su identidad”.