{"id":30024,"date":"2021-08-18T16:40:41","date_gmt":"2021-08-18T19:40:41","guid":{"rendered":"http:\/\/www.centraldenoticias.com.ar\/?p=30024"},"modified":"2021-08-18T16:40:41","modified_gmt":"2021-08-18T19:40:41","slug":"condenaron-a-mas-de-5-anos-de-prision-al-ex-titular-de-la-asociacion-judicial-bonaerense-de-azul","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/2021\/08\/18\/condenaron-a-mas-de-5-anos-de-prision-al-ex-titular-de-la-asociacion-judicial-bonaerense-de-azul\/","title":{"rendered":"Condenaron a m\u00e1s de 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n al ex titular de la Asociaci\u00f3n Judicial Bonaerense de Azul"},"content":{"rendered":"<p>El fallo se conoci\u00f3 en la jornada de este mi\u00e9rcoles. Se trata de Omar Rojas, quien seguir\u00e1 en libertad hasta tanto la resoluci\u00f3n quede firme, ya que sus abogados anticiparon que recurrir\u00e1n el fallo.<!--more--><\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>&#8220;Ha quedado claramente demostrado en el debate que el d\u00eda 24 de julio de 2016 y d\u00edas previos a esta fecha, el encartado Rojas sustrajo en tres oportunidades a la joven v\u00edctima, quien posee una capacidad intelectual restringida&#8221;<\/strong> y &#8220;sobre la que ejerci\u00f3 intimidaci\u00f3n&#8221;, puede leerse en la resoluci\u00f3n de lo que fuera este juicio donde el ex titular de la AJB de la Departamental Azul fue condenado hoy mi\u00e9rcoles a cinco a\u00f1os y diez meses de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En ese contexto, se describe tambi\u00e9n que a esa mujer &#8220;<strong>la oblig\u00f3 a subir a su autom\u00f3vil, con el fin de menoscabar su integridad sexual<\/strong>, llev\u00e1ndola a un descampado donde le tom\u00f3 fotos desnuda; a un hotel alojamiento donde intent\u00f3 que la joven se sacara la ropa y a un lugar indeterminado&#8221;, se indic\u00f3 con relaci\u00f3n a esos tres hechos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p>Poco antes del mediod\u00eda de este mi\u00e9rcoles el veredicto para el dirigente gremial azule\u00f1o de 62 a\u00f1os de edad se dio a conocer desde el Tribunal Oral en lo Criminal n\u00famero 2.<\/p><\/blockquote>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La condena en esta primera instancia para Rojas no implicar\u00e1 que en lo inmediato vaya a prisi\u00f3n, ya que el fallo a\u00fan no est\u00e1 firme y sus defensores particulares -los abogados Paolo Lamour\u00e9 y Agust\u00edn Sala- adelantaron a EL TIEMPO que tienen previsto recurrirlo ante Casaci\u00f3n. En ese contexto, <strong>al ex titular del gremio de los trabajadores del Departamento Judicial Azul le fueron fijadas diferentes pautas de conducta que deber\u00e1 cumplir hasta tanto este fallo adquiera rango de firmeza.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, <strong>Rojas tiene la &#8220;absoluta prohibici\u00f3n de mantener todo tipo de contacto&#8221; con la joven v\u00edctima<\/strong> de estos hechos y con su grupo familiar, lo cual implica que &#8220;no podr\u00e1 acercarse al domicilio donde estos se encuentren, no podr\u00e1 mantener contacto telef\u00f3nico o mediante redes sociales y\/o equivalente con los mismos&#8221;.\u00a0<strong>Por \u00faltimo, el ex empleado del Poder Judicial de Azul tiene prohibido salir del pa\u00eds.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em><strong>El encuadre de los tres hechos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A diferencia de lo sostenido desde la Acusaci\u00f3n -representada por el fiscal Marcelo Fern\u00e1ndez, quien hab\u00eda pedido que Omar Rojas fuera condenado a diez a\u00f1os de prisi\u00f3n- en la calificaci\u00f3n de dos de los hechos que a escala penal hicieran los jueces del TOC 2 <strong>no se dio por demostrado la existencia de la figura delictiva de &#8220;abuso sexual&#8221; por parte del encausado hacia la v\u00edctima.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>&#8220;La prueba producida por la Acusaci\u00f3n no fue suficiente para determinar objetivamente que el &#8216;abuso sexual simple&#8217; y el &#8216;abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa&#8217; existi\u00f3&#8221;<\/strong>, escribi\u00f3 en un tramo del fallo la jueza Olmedo al hacer alusi\u00f3n a las caracter\u00edsticas que tuvieron dos de esos tres episodios por los que Rojas fue condenado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En ambos casos, esos hechos fueron situados como sucedidos en la previa a que el 24 de julio de 2016 se produjera aquel otro por el que el ex dirigente gremial fuera denunciado. Y seg\u00fan lo referido por los jueces del TOC 2, fueron cometidos por Rojas &#8220;con el \u00fanico fin de sustraer a la joven mediante intimidaci\u00f3n para menoscabar su integridad sexual,<strong> oblig\u00e1ndola a subir a su autom\u00f3vil para llevarla del lugar donde se encontraba, llev\u00e1ndola a un sitio descampado donde le sac\u00f3 fotos desnuda y llev\u00e1ndola a un hotel alojamiento, donde intent\u00f3 desnudarla&#8221;.\u00a0<\/strong>&#8220;Todas estas maniobras, sacando a la joven del \u00e1mbito donde se encontraba, impidi\u00e9ndole el libre ejercicio de su voluntad para quedar bajo su potestad mediante intimidaci\u00f3n, fueron realizadas con el fin de someterla a conductas de abuso sexual&#8221; que, finalmente, no se terminaron concretando.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-12885\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/cdnoticias.com\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/tribunales.jpg?resize=791%2C541&#038;ssl=1\" alt=\"\" width=\"791\" height=\"541\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n al episodio sucedido el domingo 24 de julio de 2016, para los jueces qued\u00f3 demostrado que aquel d\u00eda Rojas, en su coche, intercept\u00f3 a la v\u00edctima en la calle, ocasi\u00f3n en la cual <strong>&#8220;la intimid\u00f3 mediante amenazas de muerte, oblig\u00e1ndola contra su voluntad a subir al autom\u00f3vil con la intenci\u00f3n de transportarla hacia otro lugar, a fin de someterla a pr\u00e1cticas sexuales y menoscabando as\u00ed su integridad sexual, siendo detenido momentos m\u00e1s tarde por personal policial, ante un llamado telef\u00f3nico al servicio 911, en la intercepci\u00f3n de las calles Olavarr\u00eda y la Ruta 3&#8221;.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Toda aquella situaci\u00f3n hab\u00eda sido descubierta por la intervenci\u00f3n de <strong>una vecina, quien al observar el momento en que el imputado se encontr\u00f3 con la v\u00edctima sobre la Avenida Piazza inmediatamente llam\u00f3 a la Polic\u00eda<\/strong> para denunciar lo sucedido, creyendo que en ese entonces era una menor de edad la que Rojas estaba subiendo a su veh\u00edculo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La v\u00edctima de estos tres hechos es una joven que posee una discapacidad intelectual que hace que su edad madurativa sea como la de una nena.\u00a0<\/strong>En el fallo esa situaci\u00f3n fue definida como &#8220;una capacidad restringida&#8221;, que se traduce en que posea &#8220;un desarrollo cognitivo similar al de una ni\u00f1a de 9 a 12 a\u00f1os de edad aproximadamente&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para los jueces que condenaron a Rojas, el testimonio de ella fue totalmente cre\u00edble, luego de que durante la instrucci\u00f3n de esta causa le fuera tomado a trav\u00e9s de la C\u00e1mara Gesell y que despu\u00e9s esa declaraci\u00f3n se incorporara al debate.\u00a0<strong>&#8220;No surgi\u00f3 a la largo del juicio que la joven, pese a su d\u00e9ficit cognitivo, hubiera fabulado, inventado o mentido en su discurso, ya que siempre mencion\u00f3 que fue subida al auto por el acusado en contra de su voluntad&#8221;<\/strong>; y que &#8220;la llev\u00f3 con la finalidad de realizar pr\u00e1cticas sexuales, exigi\u00e9ndole que se desnudara para tomarle fotos o que se sacara la ropa estando en un hotel alojamiento&#8221;, se\u00f1al\u00f3 la jueza Olmedo con relaci\u00f3n a ese testimonio. Y agreg\u00f3: &#8220;A lo largo de los a\u00f1os ha expresado lo esencial, basal y medular de los hechos que la tuvieron como v\u00edctima; y de manera sostenida en el tiempo lo ha exteriorizado de acuerdo a su evoluci\u00f3n como persona y a sus limitaciones debido a tener restringida su capacidad&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A modo de agravantes potenciadoras de la sanci\u00f3n para Rojas se tuvo en cuenta desde el tribunal &#8220;el haberse valido de la situaci\u00f3n especial de vulnerabilidad de la joven por tener restringida su capacidad cognitiva, que era conocida por todos atento su evidente dificultad para expresarse y conducirse sola, siendo esto conocido por el imputado Rojas, reiterando los actos de sustracci\u00f3n con el fin de menoscabar su integridad sexual, que <strong>indican un mayor grado de audacia, desapego por el orden jur\u00eddico y muy especialmente no tener en cuenta el mayor da\u00f1o ocasionado a su v\u00edctima&#8221;.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, la circunstancia de que el condenado en esta primera instancia era &#8220;docente y empleado de la Justicia&#8221; cuando aquellos hechos sucedieron, por lo que ante esas &#8220;conductas violatorias del orden jur\u00eddico&#8221; tiene &#8220;una mejor formaci\u00f3n y conciencia de las consecuencias de sus acciones&#8221;; aunque m\u00e1s all\u00e1 de eso &#8220;persisti\u00f3 en su accionar il\u00edcito&#8221;. <strong>En tanto, como atenuantes se tuvieron en cuenta que no registra antecedentes penales y &#8220;el buen concepto&#8221; vertido por algunos de los testigos que pasaron por este juicio.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.diarioeltiempo.com.ar\/nota--cinco-anos-y-diez-meses-de-prision-para-omar-rojas-173251\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>Fuente Diario El Tiempo de Azul<\/em><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El fallo se conoci\u00f3 en la jornada de este mi\u00e9rcoles. 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