{"id":202409,"date":"2026-05-05T19:53:25","date_gmt":"2026-05-05T22:53:25","guid":{"rendered":"https:\/\/cdnoticias.com\/?p=202409"},"modified":"2026-05-05T20:12:30","modified_gmt":"2026-05-05T23:12:30","slug":"ruta-3-corredores-viales-informo-a-la-justicia-federal-que-este-mes-concluira-las-tareas-de-mantenimiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/2026\/05\/05\/ruta-3-corredores-viales-informo-a-la-justicia-federal-que-este-mes-concluira-las-tareas-de-mantenimiento\/","title":{"rendered":"Ruta 3: Corredores Viales inform\u00f3 a la Justicia Federal que este mes concluir\u00e1 las tareas de mantenimiento"},"content":{"rendered":"\n<p>Lo hizo en un &#8220;informe de avance de obra&#8221; incorporado en los \u00faltimos d\u00edas al expediente que tramita el recurso de amparo presentado por el Municipio de Azul.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator aligncenter has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p>El expediente del <strong>recurso de amparo presentado por el Municipio de Azul contra la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad y la empresa concesionaria Corredores Viales S.A<\/strong>. por el <strong>estado actual de la Ruta N\u00b0 3 &#8220;sigue su curso<\/strong>&#8220;.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente se encuentra<strong> &#8220;en etapa de prueba&#8221;<\/strong>. El m\u00e1s reciente documento ingresado provino de Corredores Viales (CVSA), que <strong>en una primera instancia -diciembre de 2025- afirm\u00f3 que &#8220;no ten\u00edan ninguna obligaci\u00f3n&#8221;<\/strong>, esta vez <strong>informan a la Justicia Federal sobre trabajos actualmente en ejecuci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>La causa federal se origin\u00f3 a partir del <strong>recurso de amparo presentado por la comuna. <\/strong>El expediente fue caratulado <em>&#8220;Municipalidad de Azul c\/ Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad y otro s\/ Amparo Ley 16.986&#8221;.<\/em> En efecto, desde la empresa concesionaria Corredores Viales S.A. se ingres\u00f3 al expediente, en los \u00faltimos d\u00edas, un &#8220;<strong>informe de avance de obra<\/strong>&#8220;, a trav\u00e9s del apoderado Juan Mat\u00edas McCormick.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>All\u00ed se indica que por &#8220;expresas instrucciones&#8221; se informa a la Justicia Federal el &#8220;estado de avance de obra dentro de las tareas a cargo de mi representada [Corredores Viales S.A.] en el marco de la intervenci\u00f3n que fuera dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional&#8221;.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Se detalla al juez interviniente, Mart\u00edn Bava, que <strong><em>&#8220;el pasado 10 de marzo de 2026 se iniciaron los preparativos para la ejecuci\u00f3n de la obra de bacheo superficial y profundo con mezcla asf\u00e1ltica en caliente en la RN N\u00ba 3 entre las progresivas de los Km 244 al 307,130 conforme a la etapa 1 de las obras. Se procedi\u00f3 a la contrataci\u00f3n de la empresa C&amp;E Construcciones S.A. que result\u00f3 adjudicataria&#8221;<\/em><\/strong>. <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Estos preparativos consistieron en la<strong> colocaci\u00f3n de se\u00f1alamiento de obra<\/strong> (conforme fuera acreditado con el acta de constataci\u00f3n notarial y los documentos fotogr\u00e1ficos oportunamente adjuntados), la <strong>adecuaci\u00f3n del obrador e ingreso de equipos viales.<\/strong> Durante este lapso, la empresa contratista present\u00f3 la documentaci\u00f3n exigida para la ejecuci\u00f3n de la obra a saber: <strong>seguros, ART, plan de seguridad e higiene,<\/strong> etc. En dicha etapa se realiz\u00f3 el relevamiento de los sectores a tratar&#8221; agregaron.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>Por otra parte, Corredores Viales S.A. inform\u00f3 al juez federal Bava que &#8220;el pasado 25 de marzo se dio comienzo a la obra mencionada donde los trabajos consisten en el fresado de la calzada deteriorada hasta la profundidad que exija el deterioro, el sellado de fisuras y la aplicaci\u00f3n de emulsi\u00f3n para luego colocar las capas de asfalto que componen ese sector, incluyendo la carpeta de rodamiento y oportunamente se realizar\u00e1n tareas sobre las banquinas que se encuentren afectadas&#8221;.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>&#8220;Todos estos trabajos se realizan sobre la calzada principal, con la se\u00f1alizaci\u00f3n y las medidas de seguridad vial correspondientes, conforme a la normativa vigente y en un todo de acuerdo con las indicaciones de la inspecci\u00f3n y supervisi\u00f3n de obra<\/strong>&#8221; <\/em>explicaron.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Del mismo modo, se puntualiza que &#8220;la <strong>ejecuci\u00f3n de los trabajos estar\u00e1 sujeta a las condiciones clim\u00e1ticas y a la programaci\u00f3n operativa<\/strong>, estimando <strong>concluir estas tareas entre este mes [abril] y mediados del mes de mayo&#8221;.\u00a0<\/strong> De esa manera concluye el informe de la concesionaria Corredores Viales S.A. en el expediente que se tramita en la Justicia Federal de Azul.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, en un informe anterior -23 de diciembre de 2025-, tambi\u00e9n con la firma del apoderado de la empresa Juan Mat\u00edas McCormick, y en respuesta a un oficio del Juzgado Federal N\u00b0 2 de Azul se asever\u00f3 que <strong><em>&#8220;CVSA no tiene a su cargo las obligaciones por las cuales el actor [Municipio de Azul] incorrectamente reclama y por ello debe desestimarse la acci\u00f3n [de amparo] respecto de mi mandante&#8221;<\/em><\/strong>. <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>En dicho escrito, efectivamente, Corredores Viales deslind\u00f3 responsabilidades en cuanto a las tareas de mantenimiento de la Ruta 3 en la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad.\u00a0El informe incorporado en los \u00faltimos d\u00edas, en cambio, desde la propia empresa plantea lo contrario y, en ese sentido, detalla los trabajos realizados durante los pasados meses de marzo y abril, y que concluir\u00e1n a mediados del presente mes.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;<em>El <strong>tramo VII de la ruta nacional N\u00b0 3 concesionada a Corredores Viales S.A., comprende desde el Km 230 y Km 307. El tramo inicial &#8211; del Km 230 al Km 244<\/strong> -, se encuentra en buen estado de calzada, sin baches ni desprendimientos que ameriten su inclusi\u00f3n en el amparo por dicho rubro. No obstante ello,<strong> presenta una necesidad de repintado en la demarcaci\u00f3n horizontal.<\/strong> Pero aqu\u00ed es donde entran en juego las disposiciones establecidas en el Art\u00edculo 9.9 del Pliego de Especificaciones T\u00e9cnicas Generales (PETG) que establece que la ejecuci\u00f3n del repintado de la se\u00f1alizaci\u00f3n horizontal definitiva est\u00e1 a cargo exclusivo de la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad (DNV), eximiendo a esta Concesionaria de dicha responsabilidad&#8221;<\/em>, <strong>indic\u00f3 Corredores Viales en su respuesta a la Justicia Federal, en diciembre \u00faltimo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>Tambi\u00e9n afirm\u00f3 que &#8220;la obligaci\u00f3n del repintado de la traza se encuentra en cabeza de la DNV&#8221;. Y a\u00f1adi\u00f3: &#8220;El siguiente tramo es el que corresponde al sector m\u00e1s cr\u00edtico, comprendido entre el Km 244 y el Km 294, pero este tambi\u00e9n se encuentra bajo la jurisdicci\u00f3n de la DNV en su car\u00e1cter de Concedente. Esto por cuanto en dicho tramo, al momento de la toma de posesi\u00f3n por parte de esta concesionaria, se encontraba entregada la zona de camino a la DNV para la ejecuci\u00f3n de la obra de rehabilitaci\u00f3n de infraestructura ORI C1.R3. Esta intervenci\u00f3n comprend\u00eda tareas de bacheo de calzada, texturizado para corregir ahuellamiento y repavimentaci\u00f3n, entre otros \u00edtems&#8221;.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><em>&#8220;La demarcaci\u00f3n horizontal en este tramo de obra, el Art\u00edculo 9.9 tambi\u00e9n determina que la DNV tiene a su cargo la ejecuci\u00f3n de la se\u00f1alizaci\u00f3n correspondiente. Por lo tanto, el deterioro de la calzada y la falta de demarcaci\u00f3n definitiva son responsabilidad directa y exclusiva de la DNV debido a la paralizaci\u00f3n de dicha intervenci\u00f3n como dicha repartici\u00f3n expresamente lo expres\u00f3 en su presentaci\u00f3n. El tramo concesionado entre el Km 294 y el Km 307.13 se encuentra en buen estado de calzada, con deficiencias puntuales que son peri\u00f3dicamente mantenidas. En este sector, la necesidad de repintado de la demarcaci\u00f3n horizontal tambi\u00e9n es una obligaci\u00f3n de Vialidad Nacional&#8221;,<\/em> se agreg\u00f3 desde Corredores Viales S.A.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>En ese marco, el apoderado de la empresa concesionaria del tramo de la Ruta 3 en jurisdicci\u00f3n de Azul -para los efectos del amparo que se tramita ante la Justicia Federal-,<strong> neg\u00f3 &#8220;que exista, haya existido o subsista estado de abandono, falta de mantenimiento, deterioro estructural, peligrosidad, intransitabilidad o riesgo extraordinario en los tramos viales a los que se alude y que dicho supuesto estado sea endilgable a mi representada&#8221;.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Neg\u00f3 tambi\u00e9n que &#8220;<strong><em>Corredores Viales S.A. haya incurrido en acci\u00f3n u omisi\u00f3n antijur\u00eddica, incumplimiento contractual, reglamentario o legal alguno&#8221;<\/em><\/strong> y que &#8220;<strong><em>los siniestros, accidentes, despistes, da\u00f1os materiales o p\u00e9rdidas humanas invocados guarden relaci\u00f3n causal directa, indirecta, adecuada o eficiente con el estado de la calzada o con conductas atribuibles a esta parte&#8221;.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>&#8220;Debemos manifestar que CVSA no es un organismo dedicado a las estad\u00edsticas, aunque, sin perjuicio de ello, lleva un pormenorizado detalle de los accidentes que ocurren en la traza a su cargo. En tal sentido, esta parte sostiene que han existido 11 siniestros en el tramo denunciado por la actora y tan solo uno de ellos refiere a la existencia de un pozo&#8221;, se inform\u00f3 en el expediente.\u00a0<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00f9ltimo agregaron: <em>&#8220;Corresponde mencionar que Corredores Viales S.A. act\u00faa en un marco de competencias delegadas por la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad, la cual conserva facultades de planificaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y asignaci\u00f3n de presupuesto para obras mayores. Siendo que su objeto es el mantenimiento y conservaci\u00f3n de las trazas de los distintos tramos concesionados, dada la cantidad e importancia de los distintos tramos es que al igual que el Gobierno Nacional, entiende que dada la importancia y caudal las rutas nacionales necesitan reformas de car\u00e1cter estructural que exceden el marco de la concesi\u00f3n de mi mandante&#8221;.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><em>Fuente: Diario El Tiempo<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Lo hizo en un &#8220;informe de avance de obra&#8221; incorporado en los \u00faltimos d\u00edas al expediente que tramita el recurso<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":202410,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[6,1],"tags":[],"class_list":["post-202409","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","category-portada"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/cdnoticias.com\/wp-content\/uploads\/2026\/05\/1777893480.webp?fit=955%2C537&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/202409","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=202409"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/202409\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/202410"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=202409"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=202409"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cdnoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=202409"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}