El Gobierno modificó los protocolos de ciberpatrullaje para proteger datos de menores
La nueva resolución prohíbe tratar sin orden judicial datos sensibles y publicaciones de niños, niñas y adolescentes. También establece excepciones ante situaciones de riesgo para la vida o amenazas de violencia masiva.
El Ministerio de Seguridad de la Nación modificó los protocolos de actuación policial para la prevención de delitos en el espacio cibernético e incorporó nuevas restricciones y excepciones para el monitoreo de publicaciones de niños, niñas y adolescentes.
La medida fue oficializada este miércoles mediante la Resolución 725/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se presenta como una respuesta al incremento de los ciberdelitos y de las amenazas de violencia masiva en establecimientos educativos difundidas a través de redes sociales.
La normativa sustituye un inciso del artículo 3° de la resolución que regula las tareas preventivas de las fuerzas policiales en el ámbito digital y establece que el personal deberá ajustarse a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326.
En ese marco, dispone que queda expresamente prohibido, sin autorización judicial, el tratamiento de datos sensibles y de las publicaciones realizadas por niños, niñas y adolescentes. Asimismo, determina que cuando exista certeza o presunción de que la tarea preventiva se desarrolla frente a un menor de edad, el monitoreo deberá suspenderse y dejarse constancia en el libro de registro, con comunicación a la autoridad responsable.
No obstante, la resolución establece cinco excepciones en las que esa suspensión no será obligatoria. Estas situaciones comprenden:
- Cuando exista riesgo para la vida del menor.
- Cuando haya indicios de que el menor se encuentra en situación de desamparo, fugado o sustraído de su entorno.
- Cuando se detecten indicios de conductas autolesivas o suicidas, sin necesidad de acreditar la inminencia del daño.
- Cuando el menor sea presunta víctima de un delito que se esté cometiendo en tiempo real a través del espacio cibernético y la interrupción del monitoreo pueda afectar la prevención del hecho o la identificación del autor.
- Cuando existan indicios fundados de riesgo para la vida o la integridad física de otros menores, incluidas amenazas, planificación o preparación de actos de violencia masiva en establecimientos educativos u otros espacios de concurrencia pública, independientemente de que el menor sea víctima o presunto autor.
La resolución también dispone que, en cualquiera de estos supuestos excepcionales, el personal interviniente deberá dejar constancia detallada de las circunstancias que justificaron la continuidad del monitoreo y comunicar de inmediato la situación a la autoridad competente.

