Cuota Capital: el Municipio recordó que la factura de electricidad no puede incluir “cargos ajenos al servicio”
La aclaración fue realizada por la Oficina de Defensa del Consumidor y Relaciones Vecinales tras consultas de vecinos. Indicaron que, según disposiciones del organismo regulador provincial, no corresponde incorporar conceptos como sepelio, nichos de cementerio o contribuciones por acciones en la facturación eléctrica.
El Municipio de Olavarría, a través de la oficina de Defensa del Consumidor y Relaciones Vecinales, informó a las personas usuarias del servicio eléctrico que, conforme a las disposiciones vigentes del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), la facturación del no puede incluir conceptos ajenos a dicho servicio, en este caso realizado por Coopelectric.
La aclaración surge a partir de inquietudes que la comunidad ha realizado a través de las distintas vías de comunicación y atención que brinda la comuna.
En este sentido, se recordó que mediante la Resolución RESOC-2023-125-GDEBA-OCEBA se ordenó a la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría, a cargo del servicio, abstenerse de incorporar en las facturas de energía eléctrica conceptos tales como servicio de sepelio, nichos de cementerio o contribuciones por acciones, entre otros cargos que no corresponden al servicio público de distribución de electricidad.
A su vez, se aclaró que la normativa establece que la falta de pago de estos conceptos ajenos no constituye causal para la interrupción o desconexión del suministro eléctrico, por lo que debe garantizarse el derecho de los usuarios a abonar únicamente el consumo de energía y los cargos asociados al mismo.
Desde la Dirección de Defensa del Consumidor y Relaciones Vecinales señalaron que en las últimas semanas se recibieron numerosos reclamos de vecinos vinculados a la inclusión de estos conceptos en las facturas. A partir de dichas presentaciones, se realizó una consulta formal al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, desde donde se confirmó que este tipo de cargos no corresponde ser incluido dentro de la facturación del servicio eléctrico.
Por este motivo, se recordó que la inclusión de estos conceptos en la factura del servicio eléctrico resulta contraria a lo dispuesto por el organismo regulador y a lo establecido en el marco normativo vigente, incluyendo la Ley Provincial N.º 11.769 y la protección de los derechos de los consumidores consagrada en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Finalmente, desde la Oficina de Defensa del Consumidor y Relaciones Vecinales se indicó que se continuará realizando el seguimiento de esta situación. Asimismo, se invitó a los usuarios que tengan dudas o deseen realizar consultas o reclamos a acercarse a la oficina ubicada en Coronel Suárez 2843, donde se brinda atención de lunes a viernes de 7 a 13 horas.

