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Adolescencias, estado y políticas públicas – II

Segunda parte del análisis de Cristian Delpiani. Un entre el enfoque de derechos y las derivas punitivas en Argentina y Sudamérica.


Por Cristian Delpiani

4. El rol del Estado: garantía de derechos o administración del castigo

El enfoque de derechos, consolidado a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes 26.061 y 13.298, redefine el rol del Estado como garante del ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Este marco normativo exige políticas integrales, preventivas, territoriales y participativas, orientadas no solo a intervenir frente a la vulneración, sino a crear condiciones estructurales que permitan el desarrollo integral.

Sin embargo, en la práctica observo que el Estado suele operar de manera bifronte. Por un lado, despliega políticas sociales, educativas y comunitarias; por otro, refuerza dispositivos de control penal, vigilancia policial y judicialización de los conflictos. Esta coexistencia de racionalidades produce intervenciones fragmentadas e incoherentes, en las que el mismo adolescente puede ser reconocido como sujeto de derechos en el discurso institucional y tratado como sospechoso en el territorio.

En mis reflexiones sobre el cambio de paradigma en las políticas de niñez he insistido en que la corresponsabilidad no puede reducirse a una división formal de tareas entre Estado, familias y comunidad. Implica, fundamentalmente, la obligación política de crear condiciones materiales, sociales y culturales para el ejercicio efectivo de los derechos, evitando lecturas que individualizan responsabilidades por vulneraciones producidas estructuralmente.

5. Políticas educativas: inclusión, cuidado o control

La escuela ocupa un lugar central en las trayectorias adolescentes y constituye uno de los principales espacios de intervención estatal. Desde una perspectiva de derechos, debe funcionar como ámbito de cuidado, reconocimiento y construcción de ciudadanía, además de cumplir un rol clave en la detección temprana de vulneraciones y la articulación con el sistema de protección integral.

No obstante, en contextos de presión social y demanda de orden, las instituciones educativas pueden deslizarse hacia lógicas punitivas: expulsiones, sanciones disciplinarias rígidas, judicialización de conflictos y demanda de intervención policial. Cuando estas prácticas se imponen, la escuela pierde su potencia pedagógica y se convierte en un eslabón más de la cadena de exclusión. He sostenido que las respuestas institucionales centradas en la sanción bloquean la posibilidad de diálogo intergeneracional, debilitan el vínculo educativo y profundizan trayectorias fragmentadas.

6. Enfoque de derechos y punitivismo: racionalidades en disputa

El enfoque de derechos concibe la responsabilidad adolescente como un proceso pedagógico y restaurativo, orientado a la comprensión del daño, la reparación y la recomposición del lazo social. El encierro y las medidas privativas de libertad deben ser excepcionales, de último recurso y por el menor tiempo posible.

El punitivismo, en cambio, reduce el conflicto a una falta individual y privilegia el castigo ejemplificador como respuesta inmediata. Al analizar los discursos contemporáneos sobre inseguridad y control social, he planteado que el miedo se ha convertido en un eje invisible que organiza percepciones y decisiones colectivas. Esta lógica produce una mirada social que transforma al otro —y particularmente al joven pobre— en amenaza, y al castigo en una respuesta aparentemente inevitable frente a conflictos complejos.

7. Conclusión

El modo en que una sociedad mira, nombra e interviene sobre sus adolescentes y jóvenes no es neutro ni circunstancial: expresa, de manera condensada, su proyecto ético, político y democrático. Las respuestas que se construyen frente a los conflictos juveniles revelan no solo qué se espera de las nuevas generaciones, sino también qué tipo de lazo social se pretende sostener y qué lugar se asigna a la desigualdad, al conflicto y a la diferencia.

A lo largo de este trabajo he sostenido que las derivas punitivas que reaparecen cíclicamente en el debate público no constituyen respuestas eficaces frente a la conflictividad social, sino estrategias de simplificación que desplazan la discusión sobre las condiciones estructurales que producen vulneraciones. El punitivismo no resuelve los conflictos: los administra, los ordena simbólicamente y, en ese movimiento, refuerza procesos de exclusión que impactan de manera selectiva sobre las juventudes populares. Bajo la promesa de seguridad, estas políticas profundizan desigualdades, legitiman violencias institucionales y erosionan el principio de igualdad ante la ley.

El enfoque de derechos, en cambio, propone una racionalidad distinta. No niega el conflicto ni lo romantiza, pero se rehúsa a reducirlo a una falta individual desvinculada de las trayectorias vitales y de los contextos sociales. Reconocer a adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos implica asumir que la responsabilidad se construye en procesos colectivos, pedagógicos y restaurativos, y que el Estado tiene la obligación indelegable de crear condiciones materiales, simbólicas e institucionales para el ejercicio efectivo de esos derechos. Esta perspectiva exige políticas públicas integrales, sostenidas en el tiempo, con fuerte anclaje territorial y con capacidad real de articular educación, salud, protección social y justicia.

La escuela, en este entramado, ocupa un lugar estratégico. Puede convertirse en un espacio de cuidado, reconocimiento y construcción de ciudadanía, o bien reproducir lógicas de control que anticipan y legitiman trayectorias de exclusión. Del mismo modo, las intervenciones estatales pueden fortalecer la corresponsabilidad y el lazo social, o bien consolidar miradas que criminalizan la pobreza y naturalizan el castigo como única respuesta posible. Estas no son decisiones técnicas: son decisiones políticas.

Sostener el enfoque de derechos en contextos de crisis, miedo e incertidumbre no es un gesto ingenuo ni voluntarista. Es una apuesta profundamente política, que implica disputar el sentido común punitivo, resistir la tentación de las soluciones rápidas y asumir la complejidad del conflicto social. Implica, también, revisar prácticas institucionales, modos de intervención y posiciones adultas que, aun con buenas intenciones, continúan reproduciendo lógicas de control.

Concebir a las adolescencias como sujetos de derechos no es únicamente un mandato jurídico; es una elección ética sobre el tipo de sociedad que queremos construir. Una sociedad que invierte en acompañar, escuchar y crear oportunidades amplía horizontes democráticos. Una sociedad que castiga, encierra y estigmatiza reduce su futuro. En esa tensión se juega, en buena medida, la calidad de nuestra democracia y la posibilidad de construir un lazo social más justo, inclusivo y solidario.

Cierre para la reflexión y el trabajo institucional

En el marco de las políticas públicas y de las prácticas cotidianas de intervención, sostener el enfoque de derechos no se agota en la adhesión normativa ni en el discurso institucional. Implica revisar críticamente las decisiones, los procedimientos y las respuestas que se construyen frente a los conflictos protagonizados por adolescentes y jóvenes, especialmente en contextos de desigualdad y fragilidad social. En este sentido, el desafío no es únicamente técnico, sino ético y político. Supone interrogar el lugar que ocupan las instituciones en la producción o reducción de vulneraciones, y asumir la responsabilidad que le cabe al Estado en la creación de condiciones para el ejercicio efectivo de derechos. Desde esta perspectiva, el documento propone cerrar con las siguientes preguntas como disparadores de reflexión y formación:

¿En qué medida nuestras prácticas institucionales cotidianas expresan una lógica de garantía de derechos y en qué situaciones reproducen, aun de forma no intencional, respuestas centradas en el control y la sanción?

¿Qué transformaciones organizacionales, procedimentales y culturales son necesarias en nuestras instituciones para pasar del control a la corresponsabilidad en el abordaje de las adolescencias y juventudes?

Estas preguntas no buscan respuestas inmediatas ni unívocas, sino habilitar procesos de reflexión colectiva que permitan revisar prácticas, fortalecer el enfoque de derechos y construir intervenciones estatales más justas, integrales y democráticas.

* La primera parte del artículo se publicó el sábado 14 de febrero