El Senado aprobó la reforma laboral con 42 votos y cambios de último momento
El oficialismo consiguió el respaldo de la UCR, el PRO y gobernadores aliados tras modificar puntos sensibles del dictamen. Se restablecieron aportes automáticos a sindicatos y se incorporó el traspaso de la Justicia laboral a la órbita porteña.
El Gobierno nacional logró este martes la aprobación de la reforma laboral en el Senado con 42 votos afirmativos, luego de una jornada de intensas negociaciones encabezadas por los principales referentes libertarios. La sesión estuvo marcada por modificaciones introducidas hasta la medianoche para garantizar el respaldo de bloques aliados y por una movilización en las afueras del Congreso.
La votación contó con los 21 votos de La Libertad Avanza, acompañados por 10 de la Unión Cívica Radical, 3 del PRO, 2 de Provincias Unidas, 1 de Independencia y 5 provenientes de oficialismos provinciales de Chubut, Misiones, Neuquén y Salta. En contra se pronunciaron los bloques que integran Popular —Unión por la Patria, Convicción Federal y el Frente Cívico santiagueño— junto a Por Santa Cruz, que reunieron 30 votos.
La aprobación fue seguida desde los palcos por Karina Milei, Diego Santilli, Manuel Adorni y Martín y Eduardo Menem. La sesión también incluyó un duelo por el fallecimiento de la exlegisladora Sandra Mendoza.
Entre los cambios anunciados previamente por el Ejecutivo se incluyó la preservación de las escalas del Impuesto a las Ganancias, condición que —según indicaron desde el oficialismo— resultaba clave para sostener apoyos, y un nuevo esquema de remuneraciones para trabajadores en caso de enfermedad o accidente. En esos casos, se prevé el pago del 50% o 75% del salario por tres o seis meses, según la causa y la existencia de personas a cargo. Además, se habilita la convocatoria a una Junta Médica cuando exista discrepancia entre la certificación del trabajador y la del empleador.
Uno de los puntos centrales incorporados a último momento beneficia a los sindicatos: si bien se estableció un tope del 0,5% para empresas o cámaras y del 2% para sindicatos en concepto de “contribuciones especiales”, se eliminó el vencimiento que fijaba el 1° de enero de 2028 como fecha límite para que los aportes dejaran de ser automáticos. El PRO solicitó mantener la redacción original para que cada trabajador optara voluntariamente por realizar el aporte, pero el planteo fue rechazado.
En cuanto a la eliminación de estatutos especiales, que ya había sido prorrogada a 180 días, se determinó que comenzará a regir el 1° de enero de 2027.
También se ratificó la exclusión de las billeteras virtuales como medio para el pago de salarios. Desde el oficialismo señalaron que el Banco Central deberá establecer previamente una reglamentación que garantice el respaldo necesario para afrontar la extracción total de los haberes.
El texto incorpora además un anexo que prevé el traspaso progresivo de las competencias de la Justicia laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Según trascendió, la ministra Patricia Bullrich mantuvo reuniones con jueces laborales que manifestaban objeciones al cambio.
Sobre el final de la sesión se añadió el artículo 212 bis, que establece que, salvo disposición en contrario, la ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Desde el oficialismo anticiparon que, en caso de que la Cámara de Diputados introduzca modificaciones, el Senado estaría en condiciones de ratificar rápidamente el texto. Incluso mencionaron la posibilidad de una nueva sesión el 26 de febrero para abordar el Régimen Penal Juvenil, el acuerdo Mercosur-Unión Europea y la modificación de la Ley de Glaciares.

Reforma laboral: los cambios claves
Además de las modificaciones que se difundieron en la última semana, el proyecto de reforma laboral oficialista establece:
Banco de horas: se reemplazan los pagos por horas extras por un sistema para compensar jornadas extensas con otras más breves o días de franco. Se respetarán descansos mínimos obligatorios: 12 horas entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.
Indemnizaciones: se modifica el actual sistema, estableciendo compensaciones sujetadas a la inflación (con un 3% de plus anual, reemplazando el actual esquema en la que la actualización la establecía el juez interviniente) y excluyendo los aportes correspondientes al aguinaldo, las vacaciones y otros agregados.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se establece un esquema compuesto por el 3% del salario de los trabajadores a una cuenta de inversiones que sería utilizada para el pago de indemnizaciones. Las grandes empresas deberán aportar el 1% (que puede ampliarse a 1,5%) y las PyMES el 2,5% (que puede llegar al 3%). El empleador deberá afrontar la diferencia cuando el fondo no alcance para pagar el total de la indemnización.
Salarios: se promueven pagos por mérito y productividad en detrimento de las negociaciones colectivas del salario básico. Los sueldos podrán ser en pesos o moneda extranjera, pero también por especie.
Vacaciones: el proyecto permite que las vacaciones se fraccionen por un mínimo de 7 días. Al menos cada 3 años, y en caso de vacaciones rotativas, los trabajadores deben tener su receso en el período de verano.
Servicios esenciales: se incorpora las telecomunicaciones, hospitales, recolección de residuos, la aeronáutica comercial, el control de tráfico portuario, los servicios aduaneros y migratorios y la educación en todos sus niveles (salvo universitario) que deben garantizar al menos un prestación del 75% de su funcionamiento normal.
Promoción del blanqueo laboral: se crea un régimen de incentivos impositivos por cuatro años para aquellos empleadores que contraten a personas desempleadas o monotributistas hasta un año después de la sanción de la ley. También se abre una ventana de seis meses para el blanqueo a los empleadores que cuenten con trabajadores no registrados.
Eliminación de la “ultraactividad”: se acaba con el régimen que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo.
Financiamiento del cine: a partir del 1° de enero de 2028, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) será financiado exclusivamente con partidas asignadas por la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional, eliminando sus fuentes automáticas de recaudación como el porcentaje de entradas de cine vendidas o el financiamiento proveniente del ENACOM.
Trabajadores de plataformas: se reglamenta las condiciones, obligaciones y garantías que tiene el personal de plataformas. Se establece la obligatoriedad de tener un seguro de salud mientras ejerce su trabajo, aunque quien se haga cargo de él será producto de un “libre acuerdo” entre la plataforma y el trabajador, sin que esto represente condición de dependencia.
Asambleas: las convocatorias asamblearias no podrán afectar “el normal desarrollo de las actividades de la empresa” y deberá contar con autorización previa. También se establece que “el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma”.
Fuente: Ámbito Financiero.

