Inocencia Fiscal: el Gobierno habilitó el régimen que busca incorporar los “dólares del colchón” al sistema formal
El decreto reglamentario activó el Régimen Simplificado de Ganancias y limitó los controles de la ARCA. Apunta a incentivar la bancarización de ahorros no declarados sin revisar la evolución patrimonial.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal y puso en marcha un nuevo esquema tributario orientado a incentivar la incorporación de ahorros no declarados —entre ellos los denominados “dólares del colchón”— al circuito formal de la economía.
La medida quedó oficializada mediante el Decreto 93/2026, publicado en el Boletín Oficial, que activó el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y redefinió el alcance de las fiscalizaciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
A partir de esta reglamentación, la ARCA sólo podrá controlar los ingresos declarados y las deducciones admitidas por los contribuyentes adheridos al régimen, quedando excluido el análisis de la variación patrimonial, los consumos personales y los depósitos bancarios. El esquema introduce un “tapón fiscal” que, ante la presentación y el pago en término del impuesto, otorga efecto liberatorio sobre períodos fiscales anteriores, tanto en el plano administrativo como penal.
Desde el organismo recaudador destacaron que la iniciativa busca dejar atrás un esquema de presunción de culpabilidad fiscal y convertir el blanqueo en un mecanismo permanente. En ese sentido, la ARCA señaló que el nuevo régimen apunta a devolver previsibilidad y seguridad jurídica a los contribuyentes que regularicen su situación.
El Régimen Simplificado de Ganancias es de adhesión voluntaria y está destinado a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio total de hasta $10.000 millones. La verificación de estos requisitos se realizará considerando el año de adhesión y los dos ejercicios fiscales anteriores. Quedan excluidos los grandes contribuyentes nacionales, estimados en unas 900 personas.
En cuanto al uso de los dólares no declarados, el decreto establece que deberán ingresar al sistema financiero, ya sea mediante depósitos en cuentas del propio contribuyente o transferencias directas al vendedor. Se mantiene, no obstante, la excepción vigente para la compraventa de inmuebles, que podrá seguir realizándose en efectivo. Además, se modificaron los umbrales de información bancaria: las operaciones de hasta $10 millones mensuales no generarán reportes automáticos a la ARCA.
La reglamentación también introdujo cambios en materia penal tributaria. Los umbrales de punibilidad se elevaron a $100 millones para la evasión simple y a $1.000 millones para la evasión agravada. Para los contribuyentes cumplidores, el plazo de prescripción se redujo de cinco a tres años y se habilitó un mecanismo de regularización voluntaria que permite extinguir la acción penal mediante el pago del capital, intereses y una multa adicional.
Desde la ARCA aclararon que los monotributistas que deseen ingresar dólares al sistema deberán adherir previamente al Régimen Simplificado de Ganancias, ya que de lo contrario podrían quedar sujetos a fiscalizaciones. En el organismo confían en que una parte significativa de este universo opte por regularizar su situación.
Fuente: Agencia DIB

