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¿Cómo autorizar a un tercero para manejar mi vehículo?

El único documento requerido para circular es la cédula verde. Para no tener problemas en un control de tránsito, conocé cómo habilitar a otra persona para conducir tu moto o auto.


Para autorizar a un tercero a manejar tu vehículo ya no es necesario pedir la cédula azul, según explica la Disposición 29/2024 publicada en el Boletín Oficial en julio. El único documento requerido para circular es la cédula verde, la cual puede presentarse en formato físico o digital. La misma no tiene fecha de vencimiento mientras la titularidad del vehículo permanezca inalterada.

Además, el titular puede solicitar que su propia cédula sea visualizada en la aplicación Mi Argentina de uno o más terceros determinados, al seguir los siguientes pasos:

-Ingresar al Sistema Integral de Trámites Electrónicos.


-Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.


-Seleccionar el dominio del vehículo del cual eres titular.


-Identificar al tercero autorizado al ingresar su nombre y apellido, junto con su CUIT, CUIL o CDI.


-Completar el proceso para que el autorizado pueda visualizar la cédula verde del vehículo en su perfil digital de “Mi Argentina”.

Tanto las cédulas verdes con fecha de vencimiento en su formato físico como las cédulas azules previamente emitidas continuarán siendo válidas hasta que el titular decida revocarlas y no se tendrá problemas en un control de tránsito con este documento.

Recordemos que la documentación obligatoria para circular es la siguiente:

-Licencia de conducir con fecha vigente.


-Documento Nacional de Identidad (DNI).


-Cédula Verde (si no sos el titular del vehículo).


-Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.


-Comprobante de la póliza de seguro.


-Comprobante de pago de la patente.


-Comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que posean GNC.


-Ambas chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

Para los vehículos radicados en CABA y Provincia de Buenos Aires, se controlará el cumplimiento de la obligación de grabado de autopartes, dispuesto por las leyes locales.