Alerta: Los combustibles podrían aumentar hasta 18% a partir del lunes
Ocurre porque está previsto un incremento impositivo que hasta ahora se venía suspendiendo. Pero el gobierno aún no definió si prorrogará esa suspensión o permitirá la suba.
El precio de los combustibles líquidos podría aumentar un 18% en promedio a raíz de una actualización de la carga impositiva prevista y que el gobierno hasta ahora había pospuesto, medida que no está claro aún si volverá a aplicar o no.
En el decreto 375/24, el Ejecutivo había postergado hasta el 1 de junio el esquema de actualización del impuesto a los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, cronograma que se había establecido para salir de una postergación anterior, ordenada por Sergio Massa cuando era ministro de Economía del gobierno de Alberto Fernández.
Pero desde julio, la normativa vigente prevé que se actualice por inflación acumulada en el último trimestre de 2023 y primero de 2025, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec.
En concreto, implica un incremento del 115% en el tributo, que impactaría en un 18% de suba del precio en el surtidor en promedio, es base a un cálculo para la ciudad de Buenos Aires. Allí, el precio de nafta súper se iría a $1068. En el interior bonaerense, el porcentaje de incremento y el precio de base suele ser más elevado.
La previa postergación de los incrementos se había justificado en el impacto que tendría un aumento de los combustibles en la inflación. La situación se mantiene ahora: después de encadenar un semestre a la baja tras el estallido inicial que llevó el IPC al 25% en diciembre enfrenta la posibilidad de un amesetamiento o un leve rebote, que se potenciaría por el aumento del combustible.
Por eso, el gobierno enfrenta la disyuntiva de permitir la normalización del funcionamiento del sector o buscar frenar un aumento de componente inflacionario.
De acuerdo a un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), de darse esta actualización en julio, solo quedaría un incremento de $40 para terminar de recuperar el valor real del tributo según la ley 23.966.
Una vez alcanzada la recuperación de lo que había dejado de aumentarse por la suspensión de los incrementos, de acuerdo a la ley 23.966, este tributo coparticipable de monto fijo se actualizará trimestralmente en enero, abril, julio y octubre de cada año de acuerdo a la inflación correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe.
Fuente: Agencia DIB