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Condenan a una olavarriense por difundir material de explotación sexual infantil

Los hechos sucedieron en nuestra ciudad durante 2019. Recibió cuatro años de prisión.


Una mujer de 23 años que reside en Olavarría fue condenada a cuatro años de presión por difundir material de explotación sexual infantil. Son dos hechos de delito de facilitación y/o distribución de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explicitas y/o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, y uno definido a escala penal como tenencia con fines inequívocos de distribución de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explicitas y/o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, agravados por tratarse de menores de 13 años.

 

La condenada en esta primera instancia fue identificada como Karen Vanesa Louge, oriunda de Mar del Plata. Los hechos que derivaron en la sanción sucedieron en Olavarría durante los meses de enero, febrero y julio de 2019.

 

El juicio se desarrolló en Azul y contó con la intervención del magistrado Joaquín Duba.

 

Lo que quedó demostrado

 

En el juicio quedó acreditado que la joven cometió uno de los ilícitos el 22 de enero de 2019, cuando desde su perfil en la red social Facebook “distribuyó y/o facilitó” a otro usuario “mediante mensaje privado fotografías de contenido pornográfico infantil, en la cual pueden observarse a una menor de 13 años en actividades sexuales explicitas”.

 

Además, el 8 de febrero de aquel año, día en que desde un perfil distinto al mencionado en primer término, también de Facebook, le envió por Messenger a otro usuario “fotografías de contenido pornográfico infantil” en las cuales se veía “a una menor de 13 años” siendo víctima de abuso sexual.

 

En el marco de la investigación penal, el 4 de julio de 2019 fue allanado el domicilio en Olavarría donde en ese entonces residía Louge. Secuestraron una PC de escritorio y se constató que contenía “con el fin inequívoco de distribución” por parte de la ahora condenada, “varias fotografías de contenido pornográfico infantil”. Imágenes en las cuales también se observaba a menores de 13 años de edad “mostrando sus partes genitales con fines predominantemente sexuales y/o en actividades sexuales explicitas”, se refiere en el fallo.

 

Una versión desestimada

 

“La versión dada por la imputada corresponde aquilatarla bajo dos miradas bien diferenciadas”, escribió el juez Duba en lo resuelto. “Una, en cuanto reconoce llana y completamente haber cometido los tres hechos y otra, donde con un argumento fútil y hasta despreocupado intenta colocarse en una situación de no haber tenido conciencia de lo que hacía para intentar relativizar su conducta; aun cuando reconoce que sabía que era material prohibido; entre argumentos sin fuerza que oscilan entre la ignorancia de las normas que penan dicho comportamiento y el referir, como si ello implicara alguna merma en su responsabilidad, que su computadora poseía las imágenes con contenido ilícito pero que las tenía desde que era menor de edad”.

 

De esa manera, los dichos se convertían en “un intento falaz de colocarse en una situación de ceguera frente a los delitos cometidos”, concluyó el Juez del TOC 1 para condenar a la encausada, que en el debate estuvo asistida por el abogado Marcelo Fuche; mientras que el representante del Ministerio Público Fiscal en ese proceso fue David Carballo.

 

Fuente: Diario El Tiempo de Azul.