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Daniel Lencina y Federico Aguilera, en la comisión de Localidades del HCD

Son los titulares de Minería de la Municipalidad y la Provincia, respectivamente. Se estudia la declaración de “reserva natural” para el Cerro Largo.


Este jueves el Director Municipal de Minería, Daniel Lencina y el Subsecretario de Minería de la provincia, Federico Aguilera participaron como invitados de la reunión de la comisión de Localidades del HCD de Olavarría.

 

Ambos fueron invitados en el marco del tratamiento del expediente 344/21 presentado por el bloque Juntos que propuso excluir del destino de producción minera o reserva minera al denominado “Cerro Largo” en la localidad de Sierras Bayas.

 

Tal como se indicó desde el Legislativo primero fue recibido por los integrantes de la comisión Daniel Lencina “quien dijo que este es un proyecto que se viene trabajando desde hace muchos años, escuchando a vecinos y productores de las localidades”.

 

 

Por su parte el Subsecretario de Minería de la provincia de Buenos Aires recordó que el año pasado a través del Ministerio de Defensa de la Nación se declararon 60 hectáreas del “Cerro Largo” como “Área Natural de Interés”, como paso inicial para llegar luego a convertir ese sector en reserva natural.

 

Ante diversas consultas de concejales y concejalas, tanto Lencina como Aguilera coincidieron en que el proyecto de Ordenanza en tratamiento es una herramienta más para mantener la identidad de un sector de la localidad de Sierras Bayas de mucha importancia para vecinos y vecinas

 

 

Luego de escuchar a los funcionarios, la comisión de Localidades determinó que el expediente continúe con su trámite parlamentario en la comisión de Medio Ambiente.

 

La iniciativa fue presentada por los concejales de Juntos en septiembre del año pasado bajo la premisa de “la necesidad de proteger el área ubicada en la Localidad de Sierras Bayas e identificada como Cerro Largo”. Los objetivos de la declaración de “reserva natural municipal” que se previeron en el proyecto fueron: “la preservación de estado natural del paisaje sin producir alteraciones”, “la protección a perpetuidad del patrimonio natural y paisajístico” y “el uso público para esparcimiento y recreación”.