La Cabina Sanitaria fiscalizó 550 transportes por mes en 2021
Se recordó el funcionamiento de la cabina en la Dirección de Bromatología. El control es obligatorio en cumplimiento de la ordenanza 4192/17.
Desde la Dirección de Bromatología e Inspección Sanitaria se recordó a las distribuidoras, comercios mayoristas y minoristas de productos alimenticios que se encuentra vigente la Ordenanza N° 4192/17. Establece que los transportes de sustancias alimenticias que ingresan al Partido de Olavarría, deben someterse obligatoriamente a la Inspección Técnico Sanitaria.
Este control se realiza en la cabina de Control Técnico Sanitario ubicada en el predio de la Dirección de Bromatología, Av. Urquiza N° 5493, los días lunes a viernes de 5 a 13:30 y sábados de 7 a 12 horas.
“El comerciante que descargue la mercadería, además, tendrá la obligación de solicitarle al transportista la documentación otorgada por el personal de Cabina Sanitaria, documentación que será sujeta a inspección por parte de los inspectores de la Dirección de Bromatología. En caso de no poseerla, el comerciante será plausible de sanciones” se destacó desde el Municipio.
Durante el año 2021, en promedio se fiscalizaron un total de 550 transportes por mes.
Estas acciones se encuadran dentro de las normas municipales en materia sanitaria y técnica, así como también por la Ley Nacional 18.284 (Código Alimentario Argentino).