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OCEBA advirtió a Coopelectric sobre la aplicación de la cuota capital

Notificaron a la Cooperativa que no podrá incorporar el concepto “cuota capital” o “cuota de contribución por acciones” a la facturación del servicio de electricidad sin autorización del organismo.


Desde el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), se notificó a Coopelectric, que no podrá incorporar el concepto “cuota capital” o “cuota de contribución por acciones” a la facturación del servicio de electricidad sin autorización.

 

Resaltaron que a través de la Resolución MIySP N° 419/17, que aprobó la revisión tarifaria integral y los cuadros tarifarios aplicables durante el periodo de 5 años, en el artículo 47 de la misma, estableció que los distribuidores no podrán incorporar en su facturación conceptos adicionales destinados a cubrir costos vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica, sin la aprobación previa del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires.

 

 

Además, señalaron que comunicaron a la Cooperativa que en caso de comprobarse esa situación, se dará inicio de las actuaciones sumariales respectivas, pudiendo ordenarse la devolución de las sumas percibidas más los intereses que correspondan.

 

Por otra parte, el Presidente y Vicepresidente del Organismo de Control, Marcelo Juiz y Roberto Daoud, mantuvieron un encuentro virtual con la diputada nacional mandato cumplido, Liliana Schwindt, y con las y los concejales Juan Sánchez, Gastón Sarachu, Telma Cazot, donde analizaron el accionar de la Cooperativa eléctrica.