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Se reglamentó el régimen de “Zona Fría”

La Secretaría de Energía de la Nación será el organismo de aplicación y deberá crear un Registro de Beneficiarios. El rol del Enargas, clave en la relación con las prestadoras.


En el Boletín Oficial de la Nación se publicó este martes el decreto 486/2021 que reglamenta la ley 27.637 que estableció la ampliación del fondo fiduciario para beneficiar a usuarios de gas de la llamada “Zona Fría”.

 

Se trata de la modificación legislativa que impulsó la diputada nacional de Olavarría Liliana Schwindt (Frente de Todos) y que con esta nueva normativa queda establecida su aplicación formal a partir de este mismo martes, fecha de su publicación. La semana pasada, la legisladora había explicado la forma aplicación. Cabe recordar que en Olavarría se había estimado que habrá 40.000 usuarios beneficiados.

 

El decreto designa a la Secretaría de Energía de la Nación como la autoridad de aplicación de la ley 27.637 y dispone la creación de un “Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría”, en el que se incorporará a las usuarias y los usuarios comprendidos en la nueva zona de alcance y que cumplan con los requisitos previstos.

 

Para elaborar este registro se prevé integrar la “información sobre titulares del servicio de gas por redes junto con las bases de datos obrantes en los ámbitos de la administración pública nacional”. En este sentido, se especificó que se trata de datos a aportar por AFIP, organismos del Ministerio de Economía, ANSES y del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS).

 

 

“La citada Secretaría de Energía, en su calidad de Autoridad de Aplicación y responsable del Registro, determinará de oficio aquellos beneficiarios y aquellas beneficiarias del régimen que satisfagan alguno de los criterios de elegibilidad” para la aplicación del “cuadro tarifario diferencial, equivalente al 50 % del cuadro tarifario pleno”,

 

También se prevé que los usuarios que no queden incluidos “de oficio” podrán “solicitar el beneficio y su incorporación al Registro a través del ´Modelo de Gestión Unificada – Ventanilla Única Social´ de la ANSES”. Este organismo deberá incluir esta gestión en su portal web.

 

La Secretaría de Energía recibirá esas solicitudes y determinará sus condiciones de incorporación.

 

En el mismo decreto, se fija el rol del Enargas: deberá remitir el padrón de usuarios de gas residencial a los organismos involucrados en la aplicación de esta normativa, incluyendo a “las prestadoras del servicio público de gas por redes los usuarios y las usuarias residenciales que son beneficiarios y beneficiarias del Régimen de Zona Fría”. De esta manera se dará la aplicación efectiva de la Ley 27.637.

 

Beneficiarios

 

En los últimos artículos del decreto se establecen con precisión los sujetos comprendidos en el beneficio, tal como se habían redactado en la ley aprobada por el Congreso de la Nación.

 

Se cuentan los titulares de la Asignación Universal por Hijo -AUH- y la Asignación por Embarazo, de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 4 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 4 Salarios Mínimos Vitales y Móviles; quienes perciben seguro de desempleo; titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. Todos ellos quedarán incluidos en el Registro.

 

En cuanto a los electrodependientes, se determinó que la Secretaría de Energía deberá solicitar “en el plazo de 90 días” a la administración pública nacional “los números de suministros de aquellos hogares cuyos o cuyas titulares del servicio público de gas por redes convivan con una persona electrodependiente comprendida en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS)”. El mismo organismo nacional verificará de forma mensual que se cumpla el beneficio de Zona Fía.

 

Este decreto lleva las firmas del presidente de la Nación, Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.