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Punto por punto, qué estipula el nuevo Decreto Municipal sobre horarios y permisos

Una vez culminada la conferencia de prensa, el municipio divulgó el Decreto que reglamenta las actividades desde este miércoles y hasta el 28 de junio inclusive. El documento completo.


Olavarría es uno de los pocos distritos bonaerenses que se encuentra en fase 4. La novedad había sido anticipada por el intendente municipal en el cierre de la jornada del último lunes y oficializada este martes, en una conferencia de prensa que volvió a tener como escenario el Palacio Rivadavia.

 

Concluidos los anuncios y preguntas por parte de los medios presentes, el Municipio divulgó el Decreto oficial para arrojar aún más precisiones acerca de los nuevos permisos y restricciones que regirán desde este miércoles y hasta el 28 de junio inclusive. Qué dice ese documento.

 

 

El primer dato a resaltar es que la actividad comercial tendrá una hora más de atención público, ya que podrán hacerlo desde las 6 y hasta las 21. Inclusive, los kioscos podrán hacerlo hasta la medianoche. A la par, los locales de venta de comidas también podrán entregar en el local pedidos hasta la hora 0, respetando siempre de manera rigurosa los protocolos sanitarios.

 

En ese sentido, no habrá distinción entre esenciales y no esenciales, ya que todos quedarán con el horario tope de las 21. Inclusive el personal de servicio doméstico también podrá trabajar hasta ese horario, mientras que el estacionamiento medida seguirá rigiendo como máximo hasta las 20.

 

 

Otra de las novedades es que volvió a quedar habilitada la actividad en los cines, que podrán hacerlo hasta la medianoche con un aforo del 30%, idénticas condiciones para el Bingo y salones de fiestas. En cuanto a la actividad gastronómica, también verá la actividad extendida hasta las 0, con un aforo del 50% en espacios cerrados.

 

Actividades deportivas

 

En cuanto a las actividades o disciplinas ya sean deportivas o recreativas, se dispuso que las 22 sea el horario límite en la mayoría, inclusive para gimnasios que deberán estipular una franja horaria exclusiva para mayores de 60 años.

 

En cuanto a disciplinas de más de 10 personas, sean espacios abiertos o cerrados, las únicas restricciones, además del tope de las 22 como horario máximo, serán la no presencia de público y la imposibilidad de poder sumar deportistas de otras ciudades.

 

Actividades no habilitadas

–       Eventos culturales, sociales y recreativos al aire libre, en espacios públicos con concurrencia máxima de 100 personas.

–       Actividades sociales y familiares hasta 20 personas, en espacios públicos al aire libre.

–       Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas.

–       Mercados y ferias de artesanías y venta de alimentos en espacios cerrados.

 

Actividades habilitadas con restricciones

–       Artes escénicas y musicales hasta 20 personas.

–       Museos con aforo de hasta 30% de capacidad.