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Reuniones sociales: el Ejecutivo respondió las consultas de los concejales

La nota en respuesta a la comisión de Hacienda llegó este miércoles al Concejo, a un día de la sesión en la que se debatirá el decreto. Se subrayó la vinculación la normativa local con el decreto nacional 714/20.


El Ejecutivo respondió este miércoles el pedido de informe que envió la comisión de Hacienda del Concejo Deliberante en referencia al tratamiento sobre el decreto 2.566/20 que sanciona las “reuniones sociales” en el marco de la pandemia.

 

La falta de respuesta a estas consultas, enviadas el 21 de septiembre, fueron parte de los argumentos de la oposición para rechazar el pase a tratamiento en sesión del proyecto de ordenanza enviado por el Ejecutivo para refrendar el decreto, además de cuestionamientos al contenido. A su vez, las bancadas opositoras señalaban esta ausencia en el contexto de la demanda de “celeridad” para la votación que habían expuesto Ezequiel Galli públicamente y la bancada oficialista.

 

La nota, que lleva las firmas del secretario de Gobierno, Hilario Galli, y del subsecretario de Legal y Técnica, Marcelo Fabbi, ingresó este miércoles al Deliberativo.

 

En función de lo establecido en el decreto 2.566/20, que establece “el juzgamiento de la falta o contravención consistente en la realización de evento/s o reunión/es sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios particulares”, se consultó desde el Concejo sobre a quién se prevé sancionar, el sujeto punible, y la escala de aplicación de la multa, que fue fijada entre 1 y 100 salarios mínimos.

 

“Se pone en conocimiento que el sujeto punible, con relación a las reuniones sociales, no se encuentra definido a los fines de mantener la congruencia con la redacción del decreto 714/20 (…) del Poder Ejecutivo Nacional, de los decretos dictados por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, y de las resoluciones del Jefe de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires que las prohíbe de manera expresa” se respondió desde el área legal respecto del primer planteo.

 

En base a esa situación se consideró que “será competencia del Juzgado de Faltas establecer quién es el sujeto punible y el monto de la multa que corresponde imponer en el momento de juzgar cada caso en particular”.

 

En el cierre de la misma nota, desde el Ejecutivo se reconoce que “es facultad del Concejo Deliberante (…) introducir al proyecto modificaciones que considere que correspondan a los efectos de brindar una herramienta legal que permita multar las reuniones sociales que han sido un foco infeccioso de relevancia en el transcurso de la pandemia”. En este sentido, cabe recordar que a principios de septiembre, cuando se promulgó el decreto, el Ejecutivo subrayó que la mayoría de los contagios de Covid-19 detectados se daban por este tipo de reuniones.

 

Más allá de esta respuesta, el expediente se debatirá este jueves en el recinto de sesiones del Concejo Deliberante. La comisión de Legislación le dio el pase en su reunión del martes por votación mayoritaria del oficialismo.

 

Según ha expresado el jefe comunal, sin el referendo del Legislativo, no se pueden aplicar las multas previstas a quienes son hallados en infracción.