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La opinión de un especialista olavarriense sobre el caso “Chano” Charpentier

El médico psiquiatra Bernardo Carricart fue consultado por Infobae sobre lo sucedido con el ex cantante de Tan Bionica. “No es el primero ni será el último”, señaló.


“Con esta ley de Salud Mental los pacientes reciben balas en vez de tratamientos”. Ese es el título de un artículo periodístico que en las últimas horas fue publicado por Infobae, en el cual distintos especialistas abordan lo sucedido con el Chano Charpentier, el ex cantante de Tan Biónica, quien fue baleado por un policía cuando sufría un brote psicótico.

 

La noticia tiene sus réplicas en nuestra ciudad no solo por el impacto de la noticia en sí, sino que un especialista de nuestra ciudad fue consultado por Infobae -el portal de noticias más leído del país- acerca de esos hechos. Se trata del médico psiquiatra Bernardo Carricart, quien es además integrante de la Cámara Argentina de Establecimientos de Salud Mental (Caesme). “La paradoja de esta ley es que ha hecho que los pacientes no estén bajo el ámbito de salud sino bajo el ámbito de la justicia criminalizando sus actos y recibiendo balas en vez de tratamientos”, enfatizó. “Es el costo de no poder internar a los pacientes”, completó.

 

Según expuso la periodista Claudia Peiró, “alude a la Ley de Salud Mental (n°26.657) votada a libro cerrado en el año 2010, una norma que niega la enfermedad mental -no la nombra- y que estigmatiza la psiquiatría -fue elaborada, aunque cueste creerlo, sin la participación de las asociaciones de médicos psiquiatras”. “El caso del músico Chano Charpentier no es el primero ni será el último. Se repetirá porque la Ley de Salud Mental vigente no prevé el riesgo potencial de la enfermedad psiquiátrica para decidir una internación sin el consentimiento del paciente”, advirtió Carricart.

 

 

“La ley establece que la internación debe ser una excepción, cuando en realidad debe ser una habitualidad en el equipo interdisciplinario, debe estar en el arsenal terapéutico, al igual que el tratamiento ambulatorio, la terapia contextual, la psicoterapia”, agregó Bernardo Carricart, quien en varios apartados avanzó en contra de esa normativa. “¿Por qué un legislador va a decir que una internación debe ser una excepción? ¿Desde qué lugar de conocimiento?”, indagó.

 

El término clave en materia de internación es “riesgo cierto e inminente”. “Significa que una persona sólo puede ser internada en una situación muy extrema y evidente cuando ya la patología está en su proceso agudo -dice Carricart-. Pone a la internación como la última de las opciones ya que parten del presupuesto de que la internación es una opción mala en sí misma por violar la libertad del sujeto”. Es como si, en un cuadro cardíaco, “en vez de actuar cuando el paciente sufre la angina, se espera a que haga el infarto”, ejemplificó.

 

“Si le decís al profesional que interne solo cuando el riesgo es inminente, el equipo interdisciplinario o la fuerza de seguridad van a intervenir cuando la situación ya sea muy compleja por el desarrollo de la enfermedad”, concluyó, arrojando además severos cuestionamientos a la denominada Ley de Salud Mental.

 

Lee aquí la nota completa de Infobae